La propuesta del vocal José Luis Requero de considerar que los jueces encargados del Registro Civil tienen legítimo derecho, por motivos religiosos, a abstenerse en la tramitación de los expedientes matrimoniales de personas del mismo sexo, no salió adelante porque dos consejeros de su propio grupo decidieron a última hora negarle su apoyo, uno votando en contra y el otro haciéndolo en blanco. El dictamen de Requero contó con ocho votos a favor, nueve en contra -los ocho del grupo de la minoría más uno del mayoritario–, y uno en blanco. La mayoría del Consejo sostuvo que los jueces siempre actúan como tales, y que, por tanto, no tienen derecho a la objeción de conciencia. La votación fue secreta, ya que así lo pidió el consejero del grupo minoritario Juan Carlos Campo. Pese a ello, trascendió que quienes no respaldaron la propuesta de Requero fueron el propio presidente del Consejo, Francisco José Hernando, y Enrique Míguez. En un principio, el texto de Requero iba a contar con el apoyo de todos los vocales del grupo mayoritario, pero la «sorpresa» saltó el jueves, un día antes de la votación cuando el presidente del CGPJ le comunica en su despacho que no respaldará el contenido del dictamen, pese a que el mismo día en que se retiró del Pleno esa propuesta le aseguró lo contrario, al igual que hizo en ocasiones anteriores. Míguez también, «aunque en un plan gallego», se desmarcó del apoyo. El jueves, por tanto, Requero conocía que su propuesta no saldría adelante. «Ni leyeron la propuesta». El vocal José Luis Requero se mostró ayer profundamente contrariado con la postura de sus dos compañeros de grupo que le negaron su apoyo, «quienes en ningún momento dieron argumentos jurídicos para ello. Es más, me reconocieron que ni habían leído la propuesta». El comportamiento de esos compañeros, aseguró en declaraciones a LA RAZÓN, «ha sido el de la típica patología de quienes no quieren verse identificados con posturas que han sido calificadas de “talibanes”». Junto a lo anterior, expresó, con algo de ironía, sus «dudas» de si otros de sus compañeros de grupo «aspiran a hacer carrera política o de otra naturaleza y no votan a favor de este tipo de asuntos por si les perjudica en su imagen». De esta forma, resumió lo ocurrido como «la típica patología de la derechona acobardada». «Objeción legítima». En la resolución de José Luis Requero se consideraba como «legítimo y conforme a Derecho el planteamiento de una objeción de conciencia que, fundada en motivos religiosos, encierra una clara demanda de tutela de su derecho a la libertad religiosa, demanda que el CGPJ, en virtud de la obligación que constitucionalmente le viene impuesta, no puede obviar ni eludir», fue rechazada. Para llegar a esa conclusión, analizaba la resolución del Tribunal Constitucional del pasado 13 de diciembre, donde, rechazando dos cuestiones de inconstitucionalidad planteadas por sendos jueces encargados de Registro Civil –de Denia y Telde– sobre esa misma cuestión, se argumentaba que en esos supuestos no actúan en procesos jurisdiccionales, estableciendo una diferencia entre la función jurisdiccional y la registral, ya que en este último supuesto no se dan las circunstancias de «la independencia y la sumisión al imperio de la Ley». Ahora será el vocal de la minoría Luis Aguiar, quien haga una nueva ponencia, desestimatoria del recurso que presentó el juez encargado del Registro Civil de Sagunto, que será llevada al próximo pleno.
LA RAZÓN
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