Madrid, 27 de marzo de 2007. La Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT), tal como anunció la semana pasada, ha interpuesto ante el Tribunal Supremo esta mañana una querella contra el Fiscal General del Estado, Cándido Conde-Pumpido, el Fiscal Jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, y el fiscal Fernando Burgos, dada su actuación en la vista oral señalada el pasado 21 de marzo de 2007 a celebrar contra Arnaldo Otegui, dirigente de BATASUNA, organización ilegalizada por formar parte de la banda terrorista ETA.
En el escrito, dirigido a la Sala Segunda del Alto Tribunal, se relatan los hechos acontecidos y que son de público conocimiento a través de los medios de comunicación. La actitud conjunta, tanto del fiscal como de la defensa del procesado, a juicio de la AVT, “revelan el posicionamiento y la existencia de una estrategia de la que son actores principales los querellados, para evitar que se celebrara el juicio”. Del mismo modo, los servicios jurídicos de esta Asociación entienden que “la retirada de la acusación, sólo puede tener que ver con la situación política actual, que ha llevado a buscar un subterfugio para evitar las consecuencias que se podrían derivar de haber mantenido la acusación”.
Para la AVT, la actitud de la Fiscalía en este proceso se ajusta a los artículos 408 y 404 del Código Penal que castigan, respectivamente, a “la autoridad o funcionario que, faltando a la obligación de su cargo, dejare intencionadamente de promover la persecución de los delitos de que tenga noticia o de sus responsables” y a “la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo”.
Asociación de Víctimas del terrorismo (A.V.T.)
En el escrito, dirigido a la Sala Segunda del Alto Tribunal, se relatan los hechos acontecidos y que son de público conocimiento a través de los medios de comunicación. La actitud conjunta, tanto del fiscal como de la defensa del procesado, a juicio de la AVT, “revelan el posicionamiento y la existencia de una estrategia de la que son actores principales los querellados, para evitar que se celebrara el juicio”. Del mismo modo, los servicios jurídicos de esta Asociación entienden que “la retirada de la acusación, sólo puede tener que ver con la situación política actual, que ha llevado a buscar un subterfugio para evitar las consecuencias que se podrían derivar de haber mantenido la acusación”.
Para la AVT, la actitud de la Fiscalía en este proceso se ajusta a los artículos 408 y 404 del Código Penal que castigan, respectivamente, a “la autoridad o funcionario que, faltando a la obligación de su cargo, dejare intencionadamente de promover la persecución de los delitos de que tenga noticia o de sus responsables” y a “la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo”.
Asociación de Víctimas del terrorismo (A.V.T.)
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