Notas:

23.11.11

LOS SEIS MALOS USOS

CORONA DE CASTILLA

1.- Adscripción del campesino a la tierra, impidiendo que pueda abandonarla ni él ni su familia.
2.- Banalidades tales como la obligación de usar el molino o el horno del señor, previo pago de una tasa.
3.- La mañería o maniñádego: permitía al señor apropiarse de parte de los bienes de un siervo que hubiese muerto sin descendencia.
4.-Saca de pan: En Francia, por ejemplo, estaba prohibido sacar grano del señorío feudal, en parte para evitar la escasez y en parte para evitar la especulación. Pues bien, en Castilla se podía hacer previo pago de una tasa.
5.- La tercería era la obligación de que un siervo se hiciese cargo de administrar diversos bienes señoriales. Esta carga conllevaba duras responsabilidades, entre ellas la de reponer cualquier pérdida con el patrimonio personal del campesino. La tercería fue prohibida en las Leyes Capitulares de 1440, promulgadas por el infante don Enrique.
6.- El privilegio de corral que permitía al señor llevarse gallinas, pollos, carneros y toda suerte de ganado. Las citadas Leyes Capitulares de 1440 obligaban al señor a reponer en metálico todo lo que se llevase.

CORONA DE ARAGÓN

1.- Intestia: Si un payés moría sin testar, el señor tenía derecho a quedarse con una buena parte de su patrimonio.
2.- Exorchia: Es similar a la mañería, es decir, si el campesino moría sin descendencia, el señor podía apropiarse de las 4/5 partes de los bienes del payés.
3.- Cugucia: Cuando la mujer del remensa era acusada de adulterio podían darse los siguientes casos: que el remensa no lo supiera; entonces el señor feudal se repartía con él los bienes de la mujer; o que el hombre la hubiera incitado a ello, que es cuando se aplica el "mal uso" de cugucia y representa una enajenación por parte del señor de toda la dote de la mujer.
4.- Arsia o Arçia: Hace al campesino responsable de su predio o terrazgo, de modo que, si se produce un incendio o una catástrofe en él, debía compensar al señor feudal.
5.- Firma de spolii: Es el pago por los derechos de boda que paga el padre de la novia.
6.- Remensa o Remença: Es el pago que debe hacer un siervo por recuperar su libertad de movimientos y dejar de estar adscrito a la tierra que trabaja.

Esta serie de Malos Usos fue una de las causas, si bien no la única, de la importante rebelión de los Payeses de Remensa contra sus señores, entre 1440 y 1486, año en el que Fernando el Católico los derogó a través de la Sentencia arbitral de Guadalupe.

1 comentario:

Ignacio dijo...

Copio para facebook