1.- Aquí se compieçan los establimientos de la orden de la cavaleria de Sancti Iacobi que toda en tres cosas está, avedes a saber en coniugal castidad, en obediencia guardar, en vevir sin propio. Mas en coniugal castidad semeien a los ancianos padres, en vevir sin peccado, que meior cosa es casar que seer quemados en los fuegos del infierno, nos non podemos seer meiores de nuestros antecessores e nos non poduemos complir lo que ellos non podieron sofrir, por la cual cosa se esfuerçan a plazer al criador de todas las cosas y contienen en perseverar en so serviçio. Mas en obediencia guardar quieren merecer la gracia daquel que fue obedient al Padre tro a la muert, ca la vitud de obediencia mays sea acceptable al nuestro Sennor que sacrificio. En vevir sin propio se esfuerçan a semeiar aquel que todas las cosas avie en poder, non avie do meter sue cabeça, e nos maguer que muchas cosas mantengamos segund el dicho apóstol, seamos así como que ninguna cosa non avemos. Aquestas trees cosas son establidas a complimento de la perfecta caridad fueras desecha todo el tremor, e los avandichos freyres ponen sus personas e sos cosas en diversos periglos e en muchos martirios e esfuerçanse a amar a Dios con toda su mient e con todas sus fuerças a su próximo así como así mismos. Ende son governadores de la perfecta caridad id est Deus. E los establimientos de los freyres assi compieçan.
2.- A los prelados de sancta ecclesia den honor e reverencia, a todos los fideles de Christo, monges e calonges, templeros, hospitaleros, e a los ministros del Sancto Sepulcro e a todos los de las órdenes de qual orden que quier que sean segund la providencia del maestre e segund la habundancia de la mesón les fagan aiutorio.
3.- Mas los huéspedes con toda alegría sean recibidos e denles las necessarias cosas, segund la facultad de la casa, e si de alguna orden fueren per tres días mais ornable mientre sean tenidos que los otros freyres, e si de mandado de so maestro andidieren e en nuestra casa quisieren morar, denles las neccesarias cosas asi cuemo a los freyres de la casa.
4.- E los pobres de Christo assi como ermanos sean recibidos, e denles las cosas necessarias segund el poder de la mesón (...)
14.- Tod aquel que es deffendedor cumple aquellas cosas que Dios dirá a los iustos el día del iudizio. Houi fambre a distes me de comer, houi sed e diestes me a bever. Assí com el deffendedor libra a alguno de captividad que non sea presso, este da a comer a fambriento, e da a bever al sediento e viste al desnudo e visita aquel que iaze en la cárcel. ¿Qui ha más fambre o más sed que aquel que es en poder de moros?
15.- Ond si algún frayre fuere medroso e non fuere convenible por yr en cavalgada segunt la providentia de so maestro, faga algunas cosas otras de la mesón, que non sea embalde mas faga aquello quel mandaren, ca, como dize sant Ierónimo, faz alguna cosa que el diablo no te falle vagaroso (...)
33.- De Vestibus. Vesteduras ayan de blanco e de negro e de pardo color e pieles corderins e otras de poco precio e todas estas cosas sobredichas sean guardadas con la providencia del maestro.
34.- La entención de todos sea en deffender la ecclesia de Dios por Jhesu Christo dar sus ánimas e yr contra moros non por cosa de rapina mas por acrescemiento de la fe de Dios.
Constituciones de la Orden de Santiago». Recoge: D. W. LOMAX, La Orden de Santiago, Madrid, 1965, pp. 221-227.
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